DESESTIMADA LA DEMANDA POR VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES PRESENTADA POR UN POLICÍA LOCAL

Condena al demandante al pago de las costas.

La Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Las Palmas de Gran Canaria ha desestimado la demanda presentada por el agente de la Policía Local de Valsequillo B.B.S. en relación a una supuesta vulneración de derechos fundamentales.

El agente denunciante alegaba vulneración de sus derechos sindicales porque según su versión «no se le concedían las horas de crédito sindical» que como representante legal de los trabajadores le correspondía, todo ello «de manera injustificada, con el único objetivo de discriminarle por realizar sus funciones laborales y sindicales.»

La Sentencia remitida al Ayuntamiento en el día de hoy recoge que las decisiones impugnadas por el agente son actos administrativos todos ellos consentidos y firmes, y por tanto no puede ser admitido recurso alguno contra ellos.

En relación a otra supuesta demanda de cantidad que el agente incluyó en el mismo proceso se considera que no fue seguido el trámite procedimental correcto, incluyendo a esta junto con una vulneración de derechos fundamentales y también la desestima.

Además, para acentuar aún más la sinrazón del denunciante, dichas cantidades reclamadas por el agente fueron abonadas en su momento dentro del plazo establecido y una vez realizado el procedimiento administrativo correspondiente.

Así, la sentencia desestima el recurso presentado por el agente B.B.S., por no vulnerar derecho fundamental alguno y condena expresamente al recurrente a las costas.

Para el Alcalde, Francisco Atta, «la sentencia es la prueba más evidente que se puede aportar a este caso, quedando totalmente demostrado que en ningún momento este Ayuntamiento ha incumplido y mucho menos, que este Alcalde, resto de miembros del gobierno, o superiores del agente, han actuado contra este en relación a la vulneración de sus derechos, a pesar de todo lo que se ha mentido y difundido por el denunciante y determinados partidos de la oposición».

Esta sentencia se une a otra anterior que también desestima las pretensiones de este agente y que también le condena a costas lo que no viene sino a poner de manifiesto que el Ayuntamiento, ha actuado en todo momento dentro de la legalidad.

La sentencia puede ser recurrible en apelación.

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